Certificación de eficiencia energética

ESTIMADO CLIENTE

Tal como determina el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios, desde el pasado 1 de junio de 2013 es obligatorio por parte del vendedor/arrendador, poner a disposición de las Agencias Inmobiliarias y de los compradores o arrendadores de edificios o de viviendas individuales de los mismos, (para alquileres con una duración superior a cuatro meses), un certificado de eficiencia energética.